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La entrada en vigor de la Ley del Músico crea polémica en la Argentina
4 de agosto de 2006
Al recibir del Gardel de Oro 2006, Andrés Calamaro se expresó en junio pasado contra la sindicalización forzosa y el examen de idoneidad de La Ley del Músico. Se refería el músico argentino a la entrada en vigor de la Ley 14.597, creada en 1958, que se reglamentó con el Decreto 520/2005 del presidente Kirchner y cambió el escenario musical. Incluye, la nueva ley, sanciones para dueños de locales e imposibilidad de trabajar para los músicos no registrados. Al fijar el Estatuto Profesional de músico, esta Ley exige que todos los músicos para poder tocar tengan su inscripción, como cualquier otro profesional. Esta inscripción se obtiene pagando $96 anuales pero además, antes, el músico debe pasar por una mesa examinadora que decide si es o no profesional. En tercer lugar, exige la existencia de un contrato para las actuaciones, además de definiciones en la profesión y la forma de pago. Como se ve, pese a ser del 58, la ley contempla los problemas actuales de los músicos, pero trae muchos riesgos para un país como Argentina. La Ley establece que el Sindicato Argentino de Músicos (SADEM), tiene a su cargo la organización y administración de la inscrpición general del ejecutante musical y una caja encargada de la recepción y distribución de los salarios y prestaciones sociales. Este es el punto que más molesta a los músicos: el poder que ha acumulado el SADEM que, sin aviso ni consultas previas para un tema tan importante, logró la afiliación obligatoria y el derecho a dar las credenciales con su junta examinadora. Para que se vea el tamaño del cambio, SADEM tiene hoy 2.000 socios, y poniendo en marcha este proceso espera llegar a 90.000. Todos pagarían los $96 anuales, que en ese caso serían más de 7 millones y medio de recaudación por año, todos para el sindicato. El dinero se destinaría a la organización del sistema y a armar el equipo de inspectores. Parece que ya han salido a ver algunos locales ‘descubriendo’ la obviedad de que todos los músicos trabajaban en ‘negro’. El secretario, Ricardo Breñaza, aclaró que el arancel podría bajar al haber más asociados, aunque será una gran suma que empezará a manejar una entidad hasta hoy casi inadvertida; además empieza a tener un poder político mucho mayor, con la posibilidad de decir quién es y quién no es músico profesional. Otro tema es que con su nueva cuota de poder, el SADEM empezaría a ser otra figura muy fuerte, como SADAIC y AADI-CAPIF, ante los usuarios y agentes sociales. Hasta ahora los límites están claros, veremos si sigue así en el futuro o si empieza a haber superposiciones no deseables. Un exceso de persecución nunca es bueno para los propios entes recaudadores. PREGUNTAS En la convocatoria de la Dirección de la Ciudad a un foro por esta Ley a fin de marzo, se plantearon las siguientes preguntas: ¿por qué ha sido reglamentada ahora? ¿Por qué no se planteó la necesidad de una nueva ley o, por lo menos, de una modificación que la adapte mejor a la actualidad? ¿Todos los músicos necesitan de la protección del sindicato? ¿Es legítimo otorgar poder de colegiatura a un sindicato? ¿Por qué es necesaria su sindicalización forzosa? ¿Cuál es el papel de los abogados en la industria de la música? ¿Es posible igualar la actividad de los músicos a la de los docentes de música? ¿Es la misma problemática la de un nuevo músico de rock que la de un violinista de una orquesta estable estatal? Además de estas cuestiones, vinculadas directamente a la instrumentación de la norma, también se abrieron una serie de interrogantes de fondo, sobre el lugar y la misión de los músicos en la sociedad: ¿Es necesaria una ley que regule su actividad? ¿Es posible determinar a través de una mesa examinadora quién es o no un músico? ¿El arte es sinónimo de excelencia de algún tipo? BENEFICIOS DEL NUEVO RÉGIMEN Esto también destaca la Dirección de la Ciudad. El Régimen de Trabajo de los Ejecutantes Musicales está conformado por una serie de normas: la ley 14.597 ‘Estatuto Profesional del Músico’, el Decreto reglamentario 520/05, y los Convenios Colectivos de Trabajo específicos. En conjunto todos ellos forman la trama legal que asegura a los músicos sus condiciones de trabajo (salarios, jornada laboral, seguridad, estabilidad) y los derechos de seguridad social para él y para su familia (salud, asignaciones familiares). Pero el beneficio principal de la inscripción profesional para los músicos además de los ya señalados deviene, justamente, de su profesionalización. Ningún empresario podrá contratar músicos no inscritos, es decir, al margen del marco legal. Además de reglamentar la inscrpción, el Decreto 520/05 obliga a la firma de contratos homologados por el Ministerio de Trabajo (Art.3). Asegura, por lo tanto, que la contratación sea escrita y respaldada legalmente. Todo esto constituye una herramienta insustituible para erradicar de la profesión prácticas tan difundidas como el trabajo en negro, la subcontratación y la contratación de músicos no profesionales o improvisados (o directamente de no músicos), situaciones que contribuyen a deteriorar las condiciones de contratación, de trabajo y salariales, en perjuicio de los convenios colectivos y de la cobertura social en competencia desleal. ARTÍCULO 6: ORQUESTAS OBLIGATORIAS Más allá del poder, supuestamente peligroso, que empieza acumular el sindicato, que recientemente llevó a postergar algún programa de televisión que estaba por lanzarse, hay varios puntos grises por resolver. Por un lado, está el tema de los nuevos artistas, si es posible exigir un contrato a un grupo de amigos que alquilan un lugar para empezar a tocar. Está el peligro de que la nueva norma acentúe la falta de trabajo de una franja inferior de músicos. Finalmente, está el artículo 6 de la ley, no muy discutido, en donde se menciona la obligatoriedad de contratar orquestas y no poner ‘música mecánica’ en ‘los lugares que realicen bailes y/o espectáculos musicales’, salvo en los feriados o cuando se trate de los organizados por el propio colectivo. Esto limitaría la libertad de los dueños de los locales. Tampoco queda muy clara la figura de los DJ’s, con sus nuevas facetas. Para KOpress, Prensario/Buenos Aires
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