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El Reglamento de la Ley de Espectáculos del Gobierno catalán sitúa los afters fuera de las poblaciones
1 de septiembre de 2010

La normativa establece que los ayuntamientos de mas de 50.000 habitantes podrán autorizar este tipo de establecimientos, que estarán vetados a los menores y tendrán que tener en todo momento vigilantes de seguridad y servicios de asistencia sanitaria.

El Reglamento de la Ley de Espectáculos aprobado el martes por el Gobierno catalán obliga a que los locales after hours estén situados a más de 500 metros de zonas urbanizadas, centros educativos, bibliotecas y centros de culto y a que cuenten con zona propia de aparcamiento.

El reglamento, por otra parte, obliga a las discotecas a tener sistemas de control del aforo en función de su tamaño, de forma que en los locales donde se permite la entrada de más de 501 personas se tendrá que controlar con sensores.


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